3. ¿Qué tipo de obras protege la Ley Federal del Derecho de Autor?

  • Literaria;
  • Musical, con o sin letra;
  • Dramática;
  • Danza;
  • Pictórica o de dibujo;
  • Escultórica y de carácter plástico;
  • Caricatura e historieta;
  • Arquitectónica;
  • Cinematográfica y demás obras audiovisuales;
  • Programas de radio y televisión;
  • Programas de cómputo;
  • Fotográfica;
  • Obras de arte aplicado;
  • De compilación, integrada por las colecciones de obras, tales como las enciclopedias, las antologías, y de obras y otros elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones, por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual.
  • Las demás obras que por analogía puedan considerarse obras literarias o artísticas se incluirán en la rama que les sea más a fin a su naturaleza.

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