¿Qué es lo que no protege la Ley Federal de Derechos de Autor?

  • Las ideas en sí mismas, las fórmulas, soluciones, conceptos, métodos, sistemas, principios, descubrimientos, procesos e invenciones de cualquier tipo;
  • El aprovechamiento industrial o comercial de las ideas contenidas en las obras;
  • Los esquemas, planes, o reglas para realizar actos mentales, juegos o negocios;
  • Las letras, los dígitos o los colores aislados, a menos que su estilización sea tal que las conviertan en dibujos originales;
  • Los nombres y títulos o frases aislados;
  • Los simples formatos o formularios en blanco para ser llenados con cualquier tipo de información, así como sus instructivos;
  • Las reproducciones o imitaciones, sin autorización, de escudos, banderas o emblemas de cualquier país, estado, municipio o división política equivalente, ni las denominaciones, siglas, símbolos o emblemas de organizaciones internacionales gubernamentales, no gubernamentales, o de cualquier otra organización reconocida oficialmente, así como la designación verbal de los mismos;
  • Los textos legislativos, reglamentarios, administrativos o judiciales, así como sus traducciones oficiales. En caso del ser publicados, deberán apegarse al texto oficial y no conferirán derecho exclusivo de edición;

Sin embargo, serán objeto de protección las concordancias, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que entrañen, por parte de su autor, la creación de una obra original; + El contenido informativo de las noticias, pero sí su forma de expresión, y + La información de uso común tal como los refranes, dichos, leyendas, hechos, calendarios y las escalas métricas.

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